Atribuciones y Responsabilidades de la Dirección Ejecutiva

A más de las establecidas en el Art. 8 de la Ley del Instituto Nacional de Meteorología e Hidrología, publicada en el Registro Oficial No. 839 de 25 de mayo de 1979; además de todas las competencias, atribuciones, funciones, representaciones y delegaciones que constan en las leyes, reglamentos y demás normas, son las siguientes:

Con Decreto Ejecutivo No. 391, publicado en el Registro Oficial 224 de 29 de junio del 2010, se sustituye al Consejo Directivo que consta en la Ley del Instituto Nacional de Meteorología e Hidrología, publicada en el Registro Oficial No. 839 de 25 de mayo de 1979, por Directorio.

  1. Presentar a conocimiento y resolución del Directorio, el programa anual de trabajo, determinando y fijando prioridades, de  acuerdo con los intereses nacionales y de lineamientos previstos en los planes de gobierno.
  2. Mantener informado al Directorio sobre el avance de los programas de trabajo, sugiriendo ajustes necesarios.
  3. Proponer al Directorio los proyectos de reformas de la ley y sus reglamentos generales y especiales.
  4. Representar permanentemente al Ecuador ante la Organización Metereológica Mundial (OMM) y otras instituciones internacionales.
  5. Promover la suscripción de convenios con organismos públicos y privados a nivel nacional e internacional.
  6. Asesorar a las máximas autoridades de Gobierno en temas del área de la hidrometereología cuando lo soliciten.
  7. Cumplir y hacer cumplir las resoluciones del Directorio.
  8. Ejercer las demás atribuciones y cumplir con los deberes que le corresponda, conforme a la ley y los reglamentos.